miércoles, 19 de diciembre de 2012

IMPORTANTE: ¿Que hacer si aún emito facturas impresas por impresor autorizado? #CFDI #CBB #FIEL

En días pasados, apareció en el portal del @SATMX el comunicado de prensa N° 130/2012, en el cual se nos informa sobre la forma en que laborarán las oficinas del SAT, en su periodo de vacaciones. 

Recordemos que en la "Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012", publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de Noviembre, la regla I.2.1.4 señala como periodo general de vacaciones para el SAT del 20 de Diciembre de 2012 al 4 de enero de 2013:




De ahí que el @SATMX nos haga el recordatorio, y aproveche para indicarnos como trabajaran sus oficinas y servicios en línea en este periodo:

  • Los servicios a través de Internet  como declaraciones y pagos, cambios de domicilio y demás movimientos en el Registro Federal de Contribuyentes, avisos y demás operaciones se seguirán prestando de manera normal.
  • El 20 y 21 de diciembre de 2012 y del 2 al 4 de enero 2013, los Módulos de Servicios del SAT proporcionarán el servicio de Firma Electrónica Avanzada preferentemente con cita.
  • Del 19 de diciembre al 4 de enero se suspenderá temporalmente la atención del resto de los servicios en los Módulos de Servicios del SAT.
  • La atención telefónica a través de InfoSAT y el servicio de Chat se atenderán de manera normal durante este periodo excepto el 25 de diciembre y el 1 de enero.
  • Los servicios de Orientación Fiscal, Aclaraciones, Servicios o Solicitudes, Reconocimientos, Sugerencias y Quejas, serán suspendidos exclusivamente del 20 de diciembre al 4 de enero.
  • A partir del 7 de enero de 2013 se reanuda la prestación de los servicios en todos los Módulos a nivel nacional, bajo el esquema preferentemente con cita.

Este comunicado nos recuerda, ademas, que estamos  en los últimos días de vigencia de las facturas en papel, impresas por impresor autorizado, ya que el SAT, a pesar de encontrarse en periodo de vacaciones, atenderá algunos días en sus módulos de servicios para el trámite de la FIEL

Aunado a esto, en un comunicado de prensa publicado en el portal del @SATMX el día de ayer, se nos recuerda que aún estamos a tiempo de "subirnos" a la facturación electrónica. 

Y es entonces que llegamos al punto medular de este post: ¡Estamos a 2 semanas de que termine la vigencia de las facturas impresas por impresor autorizado! ¿Que hacemos si tenemos emitimos este tipo de comprobantes? ¿Que sigue?

Pues bien, si hasta este año hemos venido emitiendo facturas impresas por impresor autorizado, y estas aún están vigentes, para el próximo 2013 tenemos las siguientes opciones:
  1. Emitir Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), para contribuyentes con ingresos superiores a 4 millones de pesos.
  2. Emitir Comprobante Fiscal impresor con Código de Barras (CBB), para contribuyentes con ingresos iguales o inferiores a 4 millones de pesos. 
Para emitir cualquiera de los anteriores, el primer paso es contar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL):


En caso de no tenerla, por nunca haberla tramitado, o no haberla renovado a tiempo, tenemos aún tiempo para hacer el trámite antes de que termine el año, o bien los primeros días del año siguiente.  Para hacer el trámite debemos cubrir una serie de requisitos, dependiendo del caso:


Una vez que tenemos la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), debemos determinar que tipo de comprobante emitiremos, de acuerdo al supuesto en el que nos ubiquemos (ingresos inferiores o iguales, o superiores a 4 millones de pesos en el año).



COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI).

El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), es aquel que se emite por medios digitales y que debe enviarse a un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación), quien se encarga de validarlas y asignar el folio y sello electrónico del SAT.  Estos comprobantes son emitidos en formato .XML, con las especificaciones que señala el SAT en el anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal de cada año, aunque se pueden emitir representaciones impresas de los mismos, que son los que comúnmente solicitan los clientes (aunque recordando que el comprobante en sí es el .XML, checar Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación).

Para emitir CFDIs, debemos tramitar por lo menos un certificado de sello digital, el cual tiene el propósito específico de firmar digitalmente las facturas electrónicas.  OJO: Debemos tener cuidado de no confundir este certificado con el certificado de firma electrónica, ya que los archivos que generamos son los mismos. 


Por medio de estos Certificados, el contribuyente podrá sellar electrónicamente la cadena original de las facturas electrónicas que emita; asimismo, el contribuyente podrá optar por utilizar un sello digital para toda su operación (matriz y sucursales) o tramitar uno para cada una de las sucursales, establecimientos o locales, donde emita facturas electrónicas.

Para tramitar el certificado de sello digital, el Contribuyente debe seguir los siguientes pasos:



Una vez obtenido el certificado o certificados de sello digital, debemos encontrar un proveedor autorizado de certificación (PAC); el @SATMX tiene una lista de PACs en su página de Internet, por lo que sólo nos queda elegir uno (los más utilizados son Tralix, Contpaq i, y Buzone.

Como podrán observar, al entrar a la página Web de cada PAC, cada uno ofrece dos versiones: la gratuita, a la que están obligados a ofrecer, que generalmente incluye sólo el servicio básico de facturación, pudiendo dar de alta un par de clientes, otro tanto de conceptos de servicios, y en el cual te dan un formato muy básico para la representación impresa; y la versión "de paga", en la que generalmente te venden un paquete de X número de timbrados, y en la que, o bien te ofrecen un servicio más completo en línea o con un programa instalable en tu PC, o bien están ligados a tu programa de contabilidad, administración o gestión ERP. Cada PAC te va llevando paso a paso en el registro y generación de CFDIs con su Sistema.

En fechas recientes, el @SATMX ha comenzado a ofrecer también un servicio gratuito de emisión de CFDI: "Servicio de generación de Factura Electrónica CFDI", en la cual, con su RFC y su clave CIEC, el contribuyente puede emitir sus CFDI, aunque algunos escépticos se atreven a decir que un contribuyente en su sano juicio no utilizaría este Servicio, ya que sería como ponerte en bandeja de plata ante el fisco.



COMPROBANTE FISCAL IMPRESO CON CÓDIGO DE BARRAS (CBB).

Este tipo de comprobante consiste en una factura "en papel", como comúnmente conocíamos al comprobante fiscal emitido por impresor autorizado, pero que se diferencia de estos en que, al desaparecer la figura de los impresores autorizados de las disposiciones fiscales, ahora el @SATMX proporcionará al contribuyente un dispositivo de seguridad, que es un código de barras dimensional (CBB), y que se incluirá en esta factura en papel. Este código incorpora los datos de la persona que emite la factura y el número de aprobación del SAT.

Estas facturas podrán ser impresas por los contribuyentes con sus propios recursos (computadora e impresora) o a través de una imprenta, a la cual el contribuyente otorga su código de barras bidimensional al impresor, el cual le emite un bloc de facturas en papel, como lo había antes, con la distinción de que el impresor se limita a "imprimir" (valga la redundancia) las facturas. 

Para emitir facturas con CBB, es necesario obtener el Código de barras en cuestión.  Para obtenerlo, debemos entrar al "Servicio de Aprobación de Series y Folios de Comprobantes Fiscales Impresos" del SICOFI, al cual podemos entrar con RFC y CIEC.  Una vez en esta, nos mostrará nuestros datos fiscales, y 3 opciones:


Para obtener los folios y el código de barras bidimensional, debemos entrar a la opción "Aprobación de Folios".  Al accesar a esta, nos arroja la siguiente pantalla:


En esta, debemos seleccionar el tipo de comprobante que estaremos emitiendo; en caso de personas físicas, y sólo tener dado de alta una obligación, por ejemplo, honorarios, nos dará sólo esa opción.  Si tenemos varias obligaciones dadas de alta, por ejemplo, honorarios y arrendamiento, el campo "comprobante" nos dará varias opciones, de las cuales tendremos que seleccionar la que corresponda a los folios que queremos elegir. 

A continuación, le damos la Serie y los folios inicial y final que queremos obtener, y hacemos clic en "Continuar". Una vez aprobada la asignación de folios, el @SATMX proporcionará al contribuyente emisor un código de barras como dispositivo de seguridad.

Para elaborar la factura impresa, bien sea por medios propios (computadora e impresora), o impresas en imprenta, deben cubrir los siguientes requisitos:



Cualquier duda y/o comentario al respecto, quedo pendiente por este medio o a través de Twitter: @maryv85.



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