Las Normas de Información Financiera son de gran importancia para toda aquella persona que elabora, revisa o supervisa la emisión de la Información Financiera de una Entidad, ya que estas son una guía, que regulan y limitan toda actividad alrededor de la emisión de la Información en comento.
A pesar de esto, es por muchos conocido que una gran mayoría de aquellos que nos dedicamos a la profesión contable dedican más tiempo y dan más importancia a la parte fiscal de nuestra labor que a la financiera, habiendo pocos especialistas en este tema, de ahí que sea importante que dediquemos más tiempo al estudio de estas Normas.
Dichas Normas de Información Financiera, también conocidas como NIFs, son emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera A.C. (CINIF), el cual tiene el propósito de "investigar, desarrollar y difundir principios y normas que regulen la información financiera" (Fuente: CINIF).
En esta primera entrada de "Revisando las NIFs", se revisará la NIF B-2 "Estado de Flujos de Efectivo", quedando para una segunda parte una revisión práctica de la misma Norma.
lunes, 1 de abril de 2013
jueves, 7 de marzo de 2013
PRODECON opina sobre programa "Ponte al Corriente" del @SATMX
Tal como lo comentamos en un post previo, el pasado 19 de febrero fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, fue publicado, en la 1a. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal para 2013, el procedimiento que deben seguir aquellos contribuyentes que quieran beneficiarse del Programa de Condonación publicado en el Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos para 2013, y que el @SATMX está llevando a cabo bajo el nombre de "Ponte al Corriente".
Pues bien, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), tiene ya en su portal web un micrositio con información al respecto, además de un Boletín en donde destaca los puntos positivos del Programa, señalando, entre otros, que el programa "aparece como una herramienta accesible para los contribuyentes debido a lo sencillo y ágil que resulta para el pagador de impuestos obtener sus beneficios".
Pues bien, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), tiene ya en su portal web un micrositio con información al respecto, además de un Boletín en donde destaca los puntos positivos del Programa, señalando, entre otros, que el programa "aparece como una herramienta accesible para los contribuyentes debido a lo sencillo y ágil que resulta para el pagador de impuestos obtener sus beneficios".
martes, 19 de febrero de 2013
Hoy en el DOF: Programa "Ponte al corriente", se publica 1a. Resolución de Modificaciones a la RMF 2013
El día de hoy, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013", de acuerdo con el cual se adiciona el Capítulo II.12.4, "De la condonación prevista en el Transitorio Tercero de la LIF".
En este capítulo, que comprende las reglas II.12.4.1. a II.12.4.6, se señala el procedimiento mediante el cual se llevará a cabo el programa de condonación, del que nos habla el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2013, publicada el pasado 17 de diciembre de 2012.
Recordemos que, de acuerdo con el artículo en cuestión, dicho programa prevé la condonación total o parcial de los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponda al Servicio de Administración Tributaria, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambas, así como las multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, de acuerdo a lo siguiente:
En este capítulo, que comprende las reglas II.12.4.1. a II.12.4.6, se señala el procedimiento mediante el cual se llevará a cabo el programa de condonación, del que nos habla el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2013, publicada el pasado 17 de diciembre de 2012.
Recordemos que, de acuerdo con el artículo en cuestión, dicho programa prevé la condonación total o parcial de los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponda al Servicio de Administración Tributaria, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambas, así como las multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, de acuerdo a lo siguiente:
- Créditos fiscales causados antes del 1 de enero de 2007, previa solicitud del contribuyente y bajo los parámetros previstos en la LIF.
- Recargos y multas de créditos fiscales de cuotas compensatorias y contribuciones federales distintas a las del contribuyente debió retener, trasladar o recaudar, así como las multas por las obligaciones formales, causadas desde el 1° de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2012, al 100% si se pagan las cuotas o contribuciones actualizadas en una sola exhibición.
- Multas impuestas durante 2012 y 2013, por el incumplimiento a obligaciones distintas de pago, con excepción de la relativa a declarar pérdidas en exceso, reduciéndose en un 60%, si se cubren a los 30 días después de su notificación.
miércoles, 13 de febrero de 2013
Aviso importante del SAT #Veracruz
El día de ayer el SAT (@SATMX) publicó en su portal el cambio de domicilio de las siguientes unidades con sede en Veracruz, a partir del próximo viernes 15 de febrero:
- Administración Local de Servicios al Contribuyente.
- Administración Local Auditoria Fiscal.
- Administración Local Jurídica; y
- Administración Local de Recaudación.
- Administración Regional de Evaluación del Sur.
- Administración Regional de Auditoria de Comercio Exterior del Sur.
El nuevo domicilio se encuentra ubicado en la Torre 1519, ubicada en Paseo de la Niña N° 150, Fraccionamiento Las Américas, en Boca del Río, Veracruz, justo frente al campus del ESUN (Escuela Superior de Negocios).
martes, 5 de febrero de 2013
Hoy en la historia: 96 Aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917
El día de hoy, como el 5 de febrero de cada año, se conmemora otro Aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917, vigente hasta nuestros días. Este año se conmemora el Aniversario N° 96 y, más que otros, debido a acontecimientos recientes, surge el debate respecto a la aplicación y vigencia de nuestra Carta Magna.
El tema incluso es ya, desde temprana hora, Trending Topic (#TT) en Twitter, informando sobre la ceremonia que se lleva a cabo en el Teatro República de Querétaro, aunque también destacan entre estos algunos que señalan el sentir general de Investigadores, Periodistas, Abogados y público en general:
El tema incluso es ya, desde temprana hora, Trending Topic (#TT) en Twitter, informando sobre la ceremonia que se lleva a cabo en el Teatro República de Querétaro, aunque también destacan entre estos algunos que señalan el sentir general de Investigadores, Periodistas, Abogados y público en general:
En #Queretaro con el Pdte. @epn y los compañeros Gobernadores,conmemoramos promulgación de la Constitución de 1917. twitter.com/gracoramirez/s…
— Graco Ramírez (@gracoramirez) February 5, 2013
En Querétaro conmemoran el aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917 (Foto: CNNMéxico) twitter.com/CNNMex/status/…
— CNNMex (@CNNMex) February 5, 2013
La Constitución no es carta magna, sino un sistema de valores, principios y normas que regulan el vínculo de los gobernados con el Estado.
— Ricardo Uvalle Berro (@Uvalle_Berrones) February 4, 2013
38% dice saber sobre el papel en la historia de #MEXICO de Venustiano Carranza, (Constitución de 1917) consulta.mx
— CONSULTA MITOFSKY (@Mitofsky_group) February 5, 2013
El mejor homenaje a la Constitución de 1917 es su cumplimiento pleno, no los discursos de ocasión.
— Ricardo Uvalle Berro (@Uvalle_Berrones) February 4, 2013
La Constitución de 1917 contenía para usted, como acusado, el derecho a ser juzgado por un jurado. ¿Sabe cuándo le borraron ese derecho?
— Presunto Culpable (@PresuntoC) February 4, 2013
El Teatro Iturbide fue el recinto donde se promulgó la Constitución de 1917 wp.me/p1iaVC-73S
— CanalJudicial (@CanalJudicial) February 4, 2013
Hoy se celebra la Constitución de 1917 pero ¿hay algo qué celebrar? Después de q la SCJN dejó libre #Cassez y dio fallo en vs de LYFC
— Antonio Torres (@Paquirritm) February 5, 2013
Hoy, aniversario 96 de la Constitución de 1917. ¿Tenemos la Constitución que queremos? ¿Qué falta en el texto constitucional?
— Raul Perez Johnston (@rperezjohnston) February 5, 2013
Constitución de 1917 pionera en el mundo al incluir al máximo nivel normativo lo que llamamos constitucionalismo social twitter.com/FreddyRdzNL/st…
— Alfredo Rodriguez (@FreddyRdzNL) February 5, 2013
¿Festejos por la Constitución de 1917? Si es que existe algo de aquella Carta Magna, es el nombre y su vigencia...
— Germán Sadday (@germansadday) February 5, 2013
544 reformas a 107 de los 136 Arts y 15 fe de erratas. Cambios a la #Constitución de 1917 vía @floresricotwitter.com/FloresRico/sta…”
— Elisa AlanísZurutuza (@elisaalanis) February 5, 2013
miércoles, 23 de enero de 2013
Reforma Laboral 2012: Posición de la STPS
El pasado 15 de Enero de 2013, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social publicó en su portal pronunciamiento donde definen su postura respecto a las solicitudes de amparo presentadas, en contra de las Reformas a la Ley Federal del Trabajo.
Al respecto, la Secretaría expresa lo siguiente:
" ...
La nueva regulación laboral cumplió con todos los requisitos y formalidades para su expedición, además de ser consistente con los principios y postulados contenidos en nuestra Carta Magna, particularmente, aquellos que derivan del Artículo 123 Constitucional.
En el régimen de libertades democráticas del cual gozamos todos los mexicanos, grupos de trabajadores en lo individual y colectivamente, han promovido demandas de amparo en contra de estas modificaciones. La STPS expresa su respeto a todos ellos y celebra que los diferendos que se manifiestan se atiendan conforme a los procedimientos e instancias que prevé nuestro sistema jurídico.
..."
Al respecto, la Secretaría expresa lo siguiente:
" ...
La nueva regulación laboral cumplió con todos los requisitos y formalidades para su expedición, además de ser consistente con los principios y postulados contenidos en nuestra Carta Magna, particularmente, aquellos que derivan del Artículo 123 Constitucional.
En el régimen de libertades democráticas del cual gozamos todos los mexicanos, grupos de trabajadores en lo individual y colectivamente, han promovido demandas de amparo en contra de estas modificaciones. La STPS expresa su respeto a todos ellos y celebra que los diferendos que se manifiestan se atiendan conforme a los procedimientos e instancias que prevé nuestro sistema jurídico.
..."
Fuente: Pronunciamiento
Reforma Laboral 2012: Cuadro Comparativo
En fecha recientes, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en su portal un Micrositio donde podemos encontrar información sobre la "Nueva" Ley Federal del Trabajo:
Si bien la información que nos da dicho Micrositio es bastante precaria, especialmente viniendo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, nos encontramos con un cuadro bastante útil, si queremos analizar la Reforma en cuestión, comentada y publicada en los últimos meses del año pasado:
Si bien la información que nos da dicho Micrositio es bastante precaria, especialmente viniendo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, nos encontramos con un cuadro bastante útil, si queremos analizar la Reforma en cuestión, comentada y publicada en los últimos meses del año pasado:
martes, 22 de enero de 2013
Cambios a NIFs en 2013
Como cada año, aquellos que profesamos la profesión contable debemos actualizar nuestros conocimientos en Normas de Información Financiera, para estudiar aquellas que, bien entren en vigor dicho año, bien hayan sido promulgadas y entren en vigor en años posteriores.
Así, tenemos que el CINIF (Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera A.C.), publica en su página de Internet, en Diciembre de cada año, las normas promulgadas y las mejoras a las Normas de Información Financiera que se encuentran vigentes.
De acuerdo a esto, el pasado 21 de diciembre de 2012 publicaron en su página carta en donde señalan las Normas Promulgadas para este año, a saber:
Así, tenemos que el CINIF (Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera A.C.), publica en su página de Internet, en Diciembre de cada año, las normas promulgadas y las mejoras a las Normas de Información Financiera que se encuentran vigentes.
De acuerdo a esto, el pasado 21 de diciembre de 2012 publicaron en su página carta en donde señalan las Normas Promulgadas para este año, a saber:
sábado, 12 de enero de 2013
RECORDATORIO: Días de Descanso Obligatorio en 2013
Inicia otro año, y con este, más cálculos y el cumplimiento de más obligaciones fiscales, laborales, de seguridad social y demás. Y, para ello, debemos recordar los días de descanso obligatorio de este año.
El Capítulo III de la reformada Ley Federal del Trabajo habla sobre los Días de Descanso, siendo el Artículo 74 de esta la que señala aquellos que son Obligatorios, a saber:
El Capítulo III de la reformada Ley Federal del Trabajo habla sobre los Días de Descanso, siendo el Artículo 74 de esta la que señala aquellos que son Obligatorios, a saber:
jueves, 10 de enero de 2013
ACTUALIZACIÓN: ¿Y el SIPARE? #IMSS
Hace unos meses publicábamos en este Blog sobre puesta en marcha del ya infame Sistema de Pagos Referenciados del IMSS (SIPARE), el cual, en teoría, estaba programa para iniciar operaciones el pasado 1° de Noviembre; sin embargo, al día de hoy, el acceso al sistema sigue inhabilitado en la página del IMSS:
Y, al respecto, encontramos en el Blog de "El Nido de la Seguridad Social", el post "Año nuevo y el #SIPARE #IMSS?? Información oficial…" del pasado 4 de enero, en donde informan la respuesta oficial del IMSS, vía el sistema INFOMEX, de que "el Sistema que se solicita no está finalizado o liberado al público por lo que es considerado como información reservada por un período de un año".
miércoles, 9 de enero de 2013
RMF 2013 - Anexo 21 - De la Información Alternativa al Dictamen (SIPIAD 2012)
El día de hoy, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Anexo 21 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2013
En este, se detalla la integración, características y formas para el llenado y presentación de la Información Alternativa al Dictamen, también conocido como SIPIAD, por el ejercicio 2012.
Recordemos que en el "Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa" publicado en el DOF el pasado 30 de marzo de 2012, el segundo párrafo del artículo 7.1 da la opción de no presentar el Dictamen Fiscal, pero si el SIPIAD correspondiente, a los contribuyentes que, en el ejercicio inmediato anterior:
En este, se detalla la integración, características y formas para el llenado y presentación de la Información Alternativa al Dictamen, también conocido como SIPIAD, por el ejercicio 2012.
Recordemos que en el "Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa" publicado en el DOF el pasado 30 de marzo de 2012, el segundo párrafo del artículo 7.1 da la opción de no presentar el Dictamen Fiscal, pero si el SIPIAD correspondiente, a los contribuyentes que, en el ejercicio inmediato anterior:
- Hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $40,000,000.00;
- El valor de sus activos sea superior a $69,607,920.00 (Artículo 32-A Fracción I del CFF)
- Por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior (Artículo 32-A Fracción I del CFF)
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