Dicho Consejo de Representantes, tiene su fundamento en el artículo 554 de la Ley Federal del Trabajo vigente al día de hoy, el cual señala que estará integrado por:
- Representación del Gobierno, compuesta por el Presidente de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI), y dos asesores designados por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social; y
- Representación de Trabajadores Sindicalizados y Patrones, en número igual, no menor de cinco ni mayor de quince, designados cada cuatro años.
De lo anterior resultó que, de los 21 votos que se encontraban presentes ese día en la Sesión del Consejo, se tuvieron:
11 votos a favor del sector de los Trabajadores;
1 voto a favor del Presidente de la CONASAMI; y
9 votos en contra del sector de los Patrones.
Con esto, los diversos municipios con los que se conformaba el área geográfica "B", pasaron a formar parte del área geográfica "A", entre otros: Guadalajara, Jalisco; Monterrey, Nuevo León; Hermosillo, Sonora; Tampico, Tamaulipas y Poza Rica, Veracruz. Y, por otro lado, el área geográfica "C", pasó a ser el área geográfica "B", quedando sin modificaciones los importes de los salarios mínimos.
El día de hoy, 26 de Noviembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1o. de enero de 2012 y establece los que habrán de regir a partir del 27 de noviembre de 2012", de la cual se deja el texto integro a continuación:
Quedo pendiente de sus dudas y comentarios, por este medio, o a través de Twitter: @maryv85.
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